Información General sobre Miembros del Colegio de Abogados de Junín

Art. 07.- Son miembros del Colegio de abogados de Junín:
A) ORDINARIOS:
– Hábiles.
– Inhábiles.
B) HONORARIOS.

Art. 08.- Para ser miembro ordinario hábil se requiere:
a) Incorporarse al CAJ, con arreglo al presente Estatuto y su Reglamento.
b) Encontrase ejerciendo sus derechos civiles y no estar inhabilitado en el ejercicio profesional.
c) Pagar puntualmente las cotizaciones mensuales y cumplir con el Estatuto y Reglamentos.

Art. 09.- Son miembros ordinarios inhábiles, los que estando inscritos en el CAJ, no cumplen con el pago de tres o más cuotas ordinarias y/o haber sido inhabilitado en el ejercicio profesional, por sanción penal o medida disciplinaria.
En tanto se encuentre en dicha condición, solo podrán ejercer los derechos señalados en el inciso c) del Artículo 15 del presente Estatuto y asistir con voz a las Asambleas Generales.

Art. 10.- Los colegiados con mas de 30 años de aportación de cuotas ordinarias serán exonerados del pago de sus cuotas ordinarias, estando obligados a pagar las extraordinarias y los aportes para la seguridad social. A los beneficiados con la exoneración se les otorgará una Credencial de miembros Hábiles Vitalicios, salvo inhabilitación por sentencia penal o medida disciplinaria.

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